ESCAPARATE POLÍTICO: SOMETIDO (I)

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FELIPE SÁNCHEZ CRUZ
4 DE SEPTIEMBRE 2024


EL CASO de JUAN VERA CARRIZAL, político y empresario (docente en sus inicios), vinculado a proceso el 10 de abril de 2020, por el delito de Feminicidio, en grado de tentativa, es un caso emblemático de por qué se quiere eliminar al Poder Judicial y qué quiere la 4TA transformación del tricolor (PNR, PRM, PRI,MORENA), es decir, el guinda; un poder judicial, sometido a los intereses políticos del poder ejecutivo; esa es la esencia de la reforma hoy en cocimiento.
VAYAMOS por partes; la culpabilidad no ha podido ser probada, tan es así, que ya contaba él y otros implicados con boleta de libertad.
Apenas trascendía la existencia de la boleta de libertad, cuando SALOMÓN JARA, desde X (antes Twitter) escribía: “La terrible absolución y liberación de Juan Antonio Vera Carrizal, es una muestra más de la corrupción y putrefacción del Poder Judicial. Condeno enérgicamente el fallo de un juez criminal y cómplice del victimario, que lastima a la justicia y a todas las víctimas de la violencia feminicida. Es hora de reformar el Poder Judicial, para que en Oaxaca no prevalezca la impunidad”.
A JARA, parece olvidársele, que un juez absuelve, con base en todas las pruebas que corresponde a una Fiscalía recabar; si la labor de ésta es deficiente, o si no posee elementos de prueba suficientes, el juez no puede someterse a las presiones mediáticas o políticas, para emitir una sentencia. ¿Habrá sucedido así en el caso de la víctima, M.E.R.0?
DESDE SUS PRIMERAS declaraciones, tras sufrir la agresión con ácido, la joven saxofonista, no pudo realmente decir, quién habría podido haber sido el autor de semejante agresión; nombró, incluso, a dos personas con quienes había sostenido un noviazgo (de muy malos antecedentes, al menos eso se aprecia en sus declaraciones) y después, al final, recordó que PODRÍA incluir el nombre de VERA CARRIZAL.
INICIÓ en 2020 este asunto legal, posteriormente, en días de agosto de 2023, tuvo verificativo la audiencia intermedia y del 11 de junio al 13 de agosto de 2024, se desarrolló la audiencia de juicio oral, donde el 14 de agosto siguiente, se dictó un fallo absolutorio. La audiencia de lectura de sentencia estaba programada para las 12:00 horas del 21 de agosto de 2024.
EL JUEZ, José Gabriel Ramírez Montaño (Tribunal de Enjuiciamiento Unitario de la Mixteca con sede en Tlaxiaco), presidió la audiencia de debate; escuchó los alegatos de apertura, ante él, se desahogaron las pruebas, se recibieron los alegatos de clausura, deliberó en privado y emitió el fallo respectivo, el 14 de agosto de 2024, aproximadamente a las 12:50 horas, donde al ser de absolución, ordenó el levantamiento de la medida cautelar de prisión preventiva a la que estaban sujetos los acusados; levantó las medidas precautorias decretadas, y ordenó su inmediata libertad, girándose la boleta respectiva al Director del Centro Penitenciario Varonil de Tanivet, Oaxaca; solo restaban los trámites administrativos, para la liberación; entonces comenzó un linchamiento mediático en contra del Juez, por parte de BERENICE RAMÍREZ, Magistrada Presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, del Gobernador, SALOMÓN JARA y del Fiscal estatal, BERNARDO RODRIGUEZ.
EN LA NOCHE del 14 de agosto, notificaron a VERA CARRIZAL y demás vinculados, sobre una sustitución de juez en el caso; que sería María Antonia Esteva Domínguez; que quedaba sin efecto la boleta de libertad ya existente; que subsistían las medidas cautelares de prisión preventiva que tenían impuesta antes del dictado del fallo absolutorio. Finalmente, supieron que “quedaba sin efecto lo celebrado en audiencia del juicio oral, declarando nulo lo actuado, ordenando la reposición de la audiencia de juicio oral y, por tanto, la subsistencia de la prisión preventiva como medidas cautelares”.
CONTINUARÁ


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